Antes de alquilar o comprar un local para tu negocio, debes saber si podrás obtener la licencia de funcionamiento y qué exigirá la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE). La respuesta depende del nivel de riesgo de tu actividad, según el TUO de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento aprobado por D.S. N.° 163-2020-PCM (Municipalidad de Mariano Melgar – Requisitos de licencia).
Riesgo bajo o medio: ITSE posterior
Bodegas, oficinas, tiendas pequeñas y muchos servicios suelen calificar aquí. La licencia se otorga con formatos y declaraciones juradas, y la inspección se realiza después de otorgada (Municipalidad de San Miguel – Riesgo bajo con ITSE posterior).

Riesgo alto o muy alto: ITSE previa
Almacenes, talleres, plantas, locales de gran aforo o con materiales peligrosos suelen estar en esta categoría. Además de los formatos, se exige documentación técnica como (Municipalidad de Mariano Melgar – Requisitos de licencia; Municipalidad de San Miguel – Riesgo alto con ITSE previa):
- Croquis y plano de ubicación; plano de arquitectura y distribución.
- Cálculo de aforo firmado por arquitecto.
- Planos eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas.
- Certificado vigente de pozo a tierra.
- Plan de seguridad, planos de señalización y evacuación.
- Certificados de capacitación (extintores, primeros auxilios, evacuación) y mantenimiento de equipos contra incendios.
Lo que debes revisar ANTES de firmar el alquiler
- Compatibilidad de uso de tu giro con la zonificación.
- Instalaciones eléctricas en buen estado y potencia suficiente.
- Salidas y rutas de evacuación adecuadas al aforo.
- Declaratoria de fábrica inscrita: facilita los planos.
Negocia en el contrato quién asume las adecuaciones que exija la ITSE y qué pasa si no se obtiene la licencia por causas del inmueble.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la ITSE?
La Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones verifica que un establecimiento cumpla condiciones de seguridad para obtener y mantener la licencia de funcionamiento.
¿La ITSE es antes o después de la licencia de funcionamiento?
Para riesgo bajo o medio es posterior a la licencia; para riesgo alto o muy alto es previa.
¿Quién tramita la licencia de funcionamiento, el propietario o el inquilino?
Normalmente el inquilino, porque la licencia se otorga al titular de la actividad; el propietario facilita los documentos del inmueble.
Fuentes: Municipalidad de Mariano Melgar – Requisitos de licencia; Municipalidad de San Miguel – Riesgo alto con ITSE previa; Municipalidad de San Miguel – Riesgo bajo con ITSE posterior. Los requisitos varían por municipalidad: revisa el TUPA vigente de tu distrito. Artículo informativo.

Escrito por Vladimir Moscoso
Fundador de Avanza Gestión Inmobiliaria. Agente Inmobiliario registrado PN N.° 0937, con cerca de 23 años de experiencia en inmuebles industriales, comerciales y terrenos. Trayectoria en Fratelli, Edifica y JJC Edificaciones.

